Demandamos a la Corte Constitucional que garantice los derechos del Pueblo Shuar Arutam

Demandamos a la Corte Constitucional que garantice los derechos del Pueblo Shuar Arutam, declarando el incumplimiento de Ministerios que fue reconocido por la Contraloría en el 2013 y que ahora pretende obviar con “informes express” realizados sin las voces de las y los afectados

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En el 2011, la Contraloría General del Estado realizó una auditoría sobre la gestión ambiental de los Ministerios del Agua y Ambiente y de Recursos Naturales No Renovables en relación con los proyectos “Mirador” y “San Carlos-Panantza”, que están en la Cordillera del Cóndor a cargo de las empresas chinas ExplorCobres y EcuaCorrientes. Este informe, aprobado en el 2013, en base a un análisis técnico y pormenorizado, dispuso varias recomendaciones obligatorias para ambas entidades.

El incumplimiento de las recomendaciones provocó que, en 2017, el Pueblo Shuar Arutam (PSHA) inicie una acción ante la Corte Constitucional por el  incumplimiento del artículo 92 de la Ley Orgánica de la Contraloría por parte de ambos ministerios, pues no han cumplido hasta la fecha las recomendaciones. Esto, pese a que dicho artículo señala que deben cumplirse “de manera inmediata y con el carácter de obligatorio”. La demanda fue aceptada en 2018 y solo dos años más tarde, el 15 de abril de 2021, la audiencia se llevó a cabo.

En la audiencia, ambos ministerios presentaron dos nuevos informes de Contraloría, de 2019 y 2020. Es decir, a los seis y siete años de las disposiciones emitidas, a dos y tres años de los conflictos más graves en la Cordillera del Cóndor y de la demanda por incumplimiento, y a uno y dos años de la admisión de la demanda.

Lo más preocupante es que uno de los referidos informes habría sido realizado en medio de la pandemia y que, para la realización, ninguno de los documentos consideraron la voz de la presidenta del PSHA, Josefina Tunki, del Consejo de Gobierno y las comunidades afectadas. Por tanto, ambos denotan ausencia de trabajo de campo y de argumentos contundentes, bajo los cuales señalan que las recomendaciones fueron “cumplidas” o “no aplicables”.

Cabe mencionar que, de acuerdo a las autoridades Shuar, ninguno de los referidos ministerios tomaron acciones para cumplir las disposiciones de la Contraloría. Debido a ese incumplimiento, los conflictos socioambientales se recrudecieron al punto de que en 2016 y 2017 se debió lamentar graves incidentes en torno al proyecto San Carlos-Panantza, que llevó al desplazamiento forzado de comunidades Shuar, la militarización y el estado de excepción en la provincia de Morona Santiago durante 3 meses, con la consiguiente crisis humanitaria. En la audiencia, la presidenta del PSHA, Josefina Tunki, reiteró  que las recomendaciones nunca fueron cumplidas, e invitó a la Corte a visitar su territorio para constatar la realidad.

Frente a lo anterior, como Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos y otras organizaciones firmantes, instamos a la Corte tener en cuenta que  esta elaboración de “informes” de la Contraloría sin la voz de las y los afectados se inscribe en la serie de denuncias que hoy en día se procesan en contra de esta entidad y su titular ahora detenido. Rechazamos estos informes express, realizados a la medida y conveniencia de quienes debían velar por la garantía de los derechos de este pueblo, que a diario enfrenta violaciones a sus derechos a vivir en un ambiente sano, a la salud,  a los derechos colectivos y a los derechos de la naturaleza, protegidos por la Constitución.

Reiteramos que el cambio de informes de la Contraloría se suma a las sistemáticas denuncias de amenazas y judicialización de las y los dirigentes Shuar, quienes han declarado su posición contraria a la minería. Rechazamos la pretensión del principal ente de control del Ecuador de burlar la justicia constitucional, y dejar en la impunidad la violación de los derechos de las comunidades locales de la Cordillera del Cóndor.

Declaramos que esto no es fortuito; que responde a un contexto donde ser defensor o defensora de los derechos humanos y de la naturaleza se convierte en un riesgo constante. En este marco, el Estado ecuatoriano sigue haciendo poco por garantizar incluso el derecho a la vida.

Queremos  recordar que la decisión de la Corte Constitucional, que aún no ha sido emitida, puede ratificar los incumplimientos cometidos por las entidades gubernamentales, incumplimientos que no se borran con dos informes realizados de forma inadecuada, negligente y poco ética.

La falta de reconocimiento de las omisiones e incumplimientos intentaría limpiar la imagen del Estado y de las empresas involucradas, pero, sobre todo, consagraría la impunidad en este grave caso de vulneración de derechos, principalmente, el derecho a la vida. En este sentido, ustedes, Jueces constitucionales, deben estar conscientes que la justicia no se construye solamente con la voz de las autoridades y de las instituciones, se construye también con los testimonios de quienes siguen viviendo situaciones graves, en este caso, el Pueblo Shuar Arutam.

Resumen de las disposiciones más importantes de la Contraloría:

  • Al Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables que: disponga la evaluación de las concesiones mineras del Proyecto Panantza-San Carlos y se las revierta al Estado;
  • Al Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, que: realicen un estudio, con el objetivo de identificar las concesiones mineras que afecten a nacimientos y fuentes de agua en procura de su preservación;
  • Al Ministerio del Ambiente que: 1) disponga la suspensión de los procesos de licenciamiento u otros actos administrativos de los titulares mineros del proyecto Panantza San-Carlos; y, 2) Coordinar un proceso documentado de negociación y mediación de conflictos con otros actores sociales para generar un plan de intervención.



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